Solicitan informes técnicos para aprobar un carnet especial a personas con TEA

Publicado el: 2025-10-21

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Comisión de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, presidida por la diputada Carmen Giménez (ANR-San Pedro), decidió, en su reunión remanal, solicitar un informe técnico a la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS), y el Ministerio de Salud Pública, con respecto a un proyecto ley que crea un carnet especial para pacientes con espectro autista. 

Se trata del proyecto de ley “Que amplía la Ley N° 6103 ‘Que crea el Programa Nacional de Atención Integral a los Trastornos del Espectro Autista (PNAITEA), para el abordaje integral e interdisciplinario y la protección social de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA)’”.

Destaca, dentro del proyecto la creación de un carnet preferencial diferenciado por categorías de TEA, que facilite al paciente su acceso y trato preferencial en espacios públicos y privados. 

Según el documento este carnet responde a la necesidad de eliminar barreras sociales y administrativas que dificultan el acceso y participación de las personas con TEA en actividades cotidianas, al mismo tiempo que proporciona a sus familiares y tutores un respaldo oficial para ejercer su rol de cuidado y acompañamiento. 

El proyecto también establece sanciones para los funcionarios públicos que, por negligencia, falta de conocimiento o discriminación, no respeten las disposiciones de este proyecto de ley. 

Las sanciones para los servidores públicos incluyen: amonestación escrita en caso de primera falta leve; suspensión sin goce de sueldo por hasta treinta (30) días en caso de faltas graves o reincidencia; y sumario administrativo con posibilidad de destitución para casos de incumplimiento reiterado o discriminación deliberada.

Asimismo, para el sector privado, propone la siguiente escala de sanciones: amonestaciones y advertencias formales; multas de hasta mil (1.000) jornales mínimos legales vigentes; y suspensión temporal de licencias de funcionamiento en caso de reincidencia grave o negativa sistemática a cumplir la Ley.

De esta manera, se asegura que tanto en el sector público como en el privado se respete el derecho de las personas con TEA a recibir el trato preferencial que prevé la presente disposición legal.

...

No hay Diapositivas introducidas.

Compartir este artículo: