Aprueban con modificaciones iniciativa que protege a víctimas de embargos abusivos

Publicado el: 2025-09-09

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley que establece protección a las víctimas del esquema delictivo denominado "mafia de pagarés". La iniciativa, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, retorna a la Cámara Alta para su tratamiento final.

El acápite oficial del proyecto es el siguiente: “Que establece el régimen de depósito de títulos de crédito originales, modifica normas para la sustanciación de juicios ejecutivos promovidos ante los juzgados y tribunales de la República, modifica los artículos 158, 159, 444 y 448 de la Ley N° 1.337/1988 ´Código Procesal Civil´ e incorpora el artículo 501 BIS”.

Principales innovaciones

Custodia judicial obligatoria: La norma establece que todos los pagarés deberán permanecer bajo resguardo del juzgado durante la totalidad del proceso judicial, garantizando así su trazabilidad y evitando su circulación indebida.

Presentación de originales: Se exige al demandante presentar únicamente los títulos de crédito originales, eliminando la posibilidad de reutilizar un mismo pagaré en múltiples juicios ejecutivos.

Devolución automática: Una vez cancelada la deuda, los documentos ejecutables serán devueltos automáticamente al deudor.

Fundamentación del dictamen

El diputado Héctor Figueredo (ANR-Paraguarí), presidente de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo, defendió la iniciativa señalando que "este proyecto frena embargos abusivos y solicita el levantamiento inmediato de los mismos, constituyendo una herramienta efectiva para frenar los abusos y dar respuesta a las víctimas".

La propuesta fue desarrollada tras múltiples reuniones y audiencias públicas que contaron con la participación de ministros de la Corte Suprema de Justicia. En el proceso colaboraron las comisiones de Justicia, Trabajo y Previsión Social, así como la Bicameral de Reordenamiento de la Estructura del Estado.

Modificaciones técnicas aprobadas

Terminología jurídica: Se sustituyó el término "eficaz" por "fehaciente" en el artículo 139 sobre notificaciones, proporcionando mayor certeza jurídica al proceso.

Precisión normativa: En los artículos 158 y 159 se incorporó la expresión "si la hubiere" para mayor claridad procesal.

Adaptación tecnológica: El artículo 309 sobre cotejo de firmas se actualizó para incluir disposiciones específicas sobre documentos con firma electrónica, estableciendo que las firmas electrónicas cualificadas tendrán plena validez probatoria cuando cumplan los requisitos normativos correspondientes.

Una modificación significativa otorga a la Corte Suprema de Justicia autonomía administrativa para la gestión y custodia de los documentos presentados en juicio. 

El legislador explicó que esto permitirá el depósito en dependencias especializadas dentro del Poder Judicial o en instituciones externas que cuenten con la infraestructura adecuada.

Según el diputado Figueredo, "esta operativa logrará una gestión más ágil y eficiente en la guarda y custodia de la documentación judicial".

Con las modificaciones incorporadas por la Cámara de Diputados, el proyecto retorna al Senado para completar el trámite constitucional correspondiente y su eventual sanción definitiva.

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