“Reglamentación para diseño y uso del pabellón de la República, escudos nacionales y sello nacional”: Ratificado
Publicado el: 2025-08-19

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). El proyecto de ley “Que establece la reglamentación para el diseño y uso del pabellón de la República, de los escudos nacionales y del sello nacional, de acuerdo a la ley originada en el Soberano Congreso General Extraordinario del 25 de noviembre de 1842”, contó con ratificación de la Cámara de Diputados durante la sesión ordinaria de esta semana.
Cabe recordar que dicha normativa fue rechazada en el Senado.
El legislador Yamil Esgaib (ANR-Capital), titular de la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, principal proyectista, solicitó el acompañamiento de sus colegas para la ratificación del texto inicial.
Explicó que el proyecto tiene como objetivo principal definir claramente el diseño y uso del pabellón de la República, los escudos nacionales (anverso y reverso) y el sello nacional.
El pabellón, compuesto por la bandera y los dos escudos, es un símbolo patrio importante que necesita ser regulado para asegurar su correcta representación y uso, manifestó el parlamentario.
La ley originada en el Soberano Congreso General Extraordinario de 1842 sentó las bases para los símbolos patrios, y este nuevo proyecto busca actualizar y complementar esa normativa, de acuerdo a sus fundamentaciones.
El diputado Esgaib resaltó que el artículo 139 de la Constitución Nacional también hace referencia a los símbolos de la República, lo que subraya la importancia de esta regulación.
La normativa busca establecer una reglamentación detallada para el diseño y uso de los símbolos patrios, basándose en la ley de 1842. Desea actualizarla para el contexto actual.
La reglamentación para el diseño y uso del pabellón, escudos y sello nacional, según la ley originada en el Soberano Congreso General Extraordinario del 25 de noviembre de 1842, establece las características y el uso de estos símbolos patrios.
El Pabellón de la República se define como la bandera con los escudos nacionales y de hacienda en el anverso y reverso, respectivamente.
Los escudos nacionales son circulares, con un campo blanco y una orla roja, llevando inscripciones y elementos simbólicos específicos como la estrella de cinco puntas y la corona de ovación.
El sello nacional se describe en la ley, aunque no se detallan sus características.
Vuelve a la Cámara de Senadores.
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