Sancionan modificaciones en Ley de Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna

Publicado el: 2025-08-19

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley que modifica y amplía los artículos 2° y 11° de la Ley N° 5508/2015, “De Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna”. La normativa será remitida al Poder Ejecutivo.

La versión finalmente aprobada fue la proveniente de la Cámara de Senadores, atendiendo la redacción que otorga mayor claridad, seguridad jurídica y amplitud de derechos, en comparación con la propuesta inicial, según se explicó.

La iniciativa responde a la necesidad de adecuar el marco normativo nacional a los estándares internacionales de protección social y derechos humanos, reconociendo que la maternidad y la lactancia materna constituyen pilares esenciales para el desarrollo saludable de la niñez, así como para la promoción de la igualdad de oportunidades de las mujeres en el ámbito laboral y educativo.

La diputada Dalia Estigarribia (PLRA-Central), presidente de la Comisión de Niñez y Adolescencia, destacó que las modificaciones garantizan igualdad de trato para todas las trabajadoras, incluidas aquellas que cumplen funciones de representación popular.

“Se consolida un sistema más inclusivo, garantizando que ninguna mujer sea discriminada en el ejercicio de su derecho a la maternidad”, afirmó.

La legisladora Rocío Abed (ANR-Alto Paraná), titular de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer, subrayó que la redacción fue mejorada y brinda mayor seguridad jurídica, al evitar contradicciones normativas.

Refuerza la universalidad de la protección, sostuvo.

“La incorporación de licencias para autoridades electivas dentro del artículo 11, materializa de mejor manera el interés superior del niño y fortalece el sistema frente a eventuales reclamos de discriminación”, puntualizó.

Estas modificaciones buscan ampliar el permiso de maternidad y fortalecer los derechos de las madres trabajadoras, incluyendo la garantía de espacios adecuados para la lactancia en lugares de trabajo y educativos. 

Artículos en cuestión

Artículo 2°: Establece que toda trabajadora, sin distinción de régimen contractual, tendrá derecho a un permiso de maternidad de 18 semanas ininterrumpidas. 

El plazo podrá extenderse hasta 24 semanas en casos de partos prematuros, nacimientos de bajo peso o condiciones de salud que demanden cuidados especiales. 

También se prevé un incremento del permiso en casos de embarazos múltiples, atendiendo las exigencias físicas y emocionales que implican.

Artículo 11°: Dispone que el permiso de maternidad podrá iniciarse hasta dos semanas antes de la fecha probable de parto. 

Asimismo, establece la obligación de crear y garantizar espacios adecuados para la lactancia materna en instituciones educativas y en los lugares de trabajo, fortaleciendo el vínculo madre-hijo y promoviendo la alimentación saludable en la primera infancia.

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