Varios documentos inherentes al Código Electoral Paraguayo fueron discutidos y dictaminados favorablemente
Publicado el: 2025-08-11

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). En reunión ordinaria, la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, presidida por el legislador José Rodríguez (ANR-Capital), resolvió aconsejar la aceptación de las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores, al proyecto de ley que incorpora cambios significativos al régimen vigente de financiamiento de campañas políticas.
La propuesta busca fortalecer los mecanismos de control y, al mismo tiempo, simplificar los procedimientos para los partidos, movimientos internos y candidatos.
“Que modifica los artículos 64, inciso a), 66 y 278 inciso b), de la Ley N° 834/1996, que establece el Código Electoral, modificado por las leyes N° 4743/2012, 6167/2018 y 6501/2020”, es el acápite oficial.
Esto responde a una creciente preocupación por la transparencia en el manejo de fondos durante los procesos electorales, así como a las dificultades operativas que han enfrentado las nucleaciones políticas a raíz de la normativa vigente, según consta en la exposición de motivos.
Se esgrimió que las modificaciones no alteran plazos ni periodos electorales de las nucleaciones políticas y tienen como único propósito, simplificar procedimientos administrativos y actualizar referencias institucionales para facilitar el cumplimiento real y efectivo.
Asimismo, se analizó el proyecto “Que modifica el artículo 170 de la Ley N° 834/1996, que establece el Código Electoral Paraguayo; y sus modificatorias, leyes N° 3166/2007, 6318/2019 y 6918/2022”.
Dos dictámenes fueron dados a conocer: mayoría por la aprobación y minoría por el rechazo.
El objetivo es eliminar una práctica que, a criterio de los proyectistas, “distorsiona la voluntad popular en las elecciones internas partidarias”.
En concreto, plantea prohibir que el número asignado a un movimiento político pueda ser utilizado como opción en las listas completas, cerradas y desbloqueadas, para la elección de cuerpos colegiados en las internas partidarias.
Seguidamente, tuvo tratamiento el proyecto que propone modificar el sistema electoral paraguayo, para que el voto preferencial emitido a favor de un candidato titular compute automáticamente para su respectivo suplente.
El acápite oficial es el siguiente: “Que modifica el artículo 1° de la Ley N° 6918, que modifica los artículos 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley N° 834/1996, que establece el Código Electoral Paraguayo; y sus modificatorias, leyes N° 3166/2007 y 6318/2019”.
Según exposición de motivos, la propuesta se sustenta en el principio jurídico de que “la suerte del principal le sigue al accesorio”.
También hubo dos dictámenes: mayoría por la aprobación y minoría por el rechazo.
Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública
Finalmente, el bloque asesor consideró la objeción total del Poder Ejecutivo al proyecto de ley “Que modifica los artículos 59 y 76 de la Ley N° 4423/2011 - Orgánica del Ministerio de la Defensa Pública”.
La decisión de la comisión fue recomendar la aceptación del veto total.
La iniciativa pretende facultar al Ministerio de la Defensa Pública (MDP), a establecer honorarios a usuarios del fuero penal que cuenten con recursos suficientes para contratar un abogado privado.
El fin es optimizar los recursos institucionales y priorizar la atención a personas en situación de verdadera vulnerabilidad económica.
Busca evitar que personas con capacidad económica se beneficien del servicio gratuito del MDP, en perjuicio de quienes carecen de medios, según refiere la carta de presentación.
Cabe señalar que todos estos proyectos analizados en la reunión de la fecha, por la Comisión de Asuntos Constitucionales, forman parte de la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados, prevista para este lunes.
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