Aprueban con modificaciones proyecto de ley contra la “mafia de los pagarés”

Publicado el: 2026-05-26

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley “Que establece la restitución de los pagarés con la extinción de la obligación y dispone un régimen sancionador”, iniciativa que ya contaba con media sanción de la Cámara de Senadores y que, tras los cambios introducidos, será remitida nuevamente a la Cámara Alta para su consideración.

Según la exposición de motivos, la propuesta legislativa surge como respuesta a la denominada “mafia de los pagarés”, modalidad de estafa que afecta principalmente a consumidores vinculados a comercios de venta de vehículos, casas de crédito y entidades financieras.

El documento explica que el esquema consiste en la retención deliberada de pagarés ya cancelados por parte de acreedores o tenedores de los títulos, quienes posteriormente los reutilizan para intentar nuevos cobros o promover ejecuciones judiciales indebidas contra los deudores.

En ese contexto, la normativa busca establecer mecanismos claros de protección para los ciudadanos, obligando al portador del pagaré a la orden a entregar el documento al deudor una vez verificado el pago total de la obligación, dejando constancia expresa del pago efectuado, conforme a las disposiciones del Código Civil y leyes complementarias.

A instancias de la diputada Rocío Abed (ANR-Alto Paraná), el pleno aprobó utilizar como base de estudio el dictamen de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer. 

Por su parte, el legislador Miguel Ángel Del Puerto (ANR-Caaguazú), resaltó la necesidad de brindar mayor seguridad jurídica a los ciudadanos y evitar abusos derivados de la reutilización irregular de pagarés cancelados.

Tras las deliberaciones de rigor, se introdujeron modificaciones en los artículos 1, 2, 4, 7 y 9, testándose los artículos 3, 5, 6 y 8. 

Las principales diferencias entre la versión con media sanción del Senado y la versión modificada del proyecto pueden resumirse en que los cambios simplifican el texto, elimina varios artículos y remite más al Código Civil y a normas generales ya existentes, además de buscar una redacción más breve y menos reglamentarista

La propuesta legislativa, vuelve a la Cámara de origen para su consideración pertinente. 

Principales modificaciones

Artículo 1 – Objeto de la ley. Se centra en la obligación del portador de devolver el pagaré, una vez verificado el pago total. Agrega referencia expresa al Código Civil y leyes complementarias y elimina la parte sobre el alcance amplio de aplicación.

Artículo 2 – Restitución de pagarés. Se elimina el plazo de 5 días, exige devolución simultánea con el pago total, introduce una presunción importante: si el deudor tiene el pagaré, se presume pagada la deuda. Señala, igualmente, que si el acreedor perdió el título, pierde legitimación para cobrar.

Artículo 4 – Extravío o destrucción. Se simplifica y remite directamente al artículo 1384 del Código Civil.

Artículo 7 – Sanciones. Se mantiene la multa de hasta 20%, la competencia de SEDECO, y se elimina referencia al destino de los fondos.

Artículo 9 (Senado) / Artículo 7 (Modificado) – Carácter. Se mantiene orden público, agrega que las disposiciones son “irrenunciables”, es decir, refuerza la imposibilidad de renunciar a los derechos de la ley.

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