Industria dictamina sobre títulos de crédito, biocombustibles y control de precios
Publicado el: 2026-05-11
(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Héctor Figueredo (ANR-Paraguarí), decidió recomendar a la plenaria de la Cámara de Diputados ratificarse en su sanción inicial con respecto al proyecto de ley “Que establece el régimen de depósito de títulos de créditos originales, modifica normas para la sustanciación de juicios ejecutivos promovidos ante los juzgados y tribunales de la República, modifica los artículos 158, 159, 444 y 448 de la Ley N° 1337/1988 Código Procesal Civil e incorpora el artículo 501 bis”.
Esta propuesta legislativa, con origen en la Cámara de Senadores, fue modificada por la Cámara de Diputados, pero ratificada por el Senado en tercera instancia. El dictamen de la Comisión de Industria recomienda, en este cuarto trámite constitucional, no apearse de la decisión original de modificar el proyecto.
La propuesta busca fortalecer la seguridad jurídica en los procesos vinculados a títulos de crédito, atendiendo al principio de “necesidad documental”, por el cual el documento físico resulta indispensable para ejercer el derecho contenido en él.
Qué propone concretamente
Depósito obligatorio del documento original en la secretaría del juzgado mientras dure el juicio. Si se presenta un cheque o pagaré para demandar, ese documento se queda en el juzgado.
Devolución al que paga: cuando el deudor pague la deuda, tiene derecho a recibir de vuelta el documento original (algo que ya existía en el Código Civil pero no se aplicaba bien en la práctica judicial).
Opción de ser "depositario judicial": si el acreedor no quiere dejar el físico en el juzgado, puede pedir quedarse con él, pero el juzgado le hace una anotación al documento indicando que está bajo proceso judicial. Si el juzgado lo pide y no lo presenta, se considera quebrantamiento de depósito, con consecuencias penales.
Biocombustibles
En otro punto del orden del día, la comisión asesora emitió dictamen recomendando aceptar la objeción parcial del Poder Ejecutivo al proyecto de ley “Que modifica los artículos 5, 10, 15 y abroga el artículo 9 de la Ley N° 6389/2019, Que establece el régimen de promoción para la elaboración sostenible del biocombustible apto para la utilización en motores diésel”.
El texto ratifica que la mezcla obligatoria de biocombustibles con gasoil tipo III deberá oscilar entre el 5 % y el 20 %, estableciendo además que toda mezcla deberá ser validada por la autoridad competente. Asimismo, se mantiene la prohibición de importar biocombustibles aptos para motores diésel.
La normativa también incorpora medidas de fomento a la innovación tecnológica y al desarrollo sostenible, habilitando la participación de instituciones como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología, con el objetivo de fortalecer la competitividad del sector y promover la reducción de emisiones contaminantes.
El Poder Ejecutivo consideró oportuno objetar parcialmente el proyecto que, “sin embargo, no altera la unidad ni la congruencia sistémica del proyecto sancionado, siendo esto plenamente aplicable en todos sus demás enunciados normativos”.
En esencia, el Poder Ejecutivo testó, exclusivamente, parte el Art. 1 que modifica el Art. 15, específicamente, en la parte que reza: "También a los intereses derivados del financiamiento con entidades financieras reguladas por el BCP y a los honorarios por servicios técnicos prestados a los productores".
En este sentido, advirtió que la ampliación de beneficios fiscales sin una justificación adecuada, y sin haber llevado a cabo estudios y estimaciones de impacto y viabilidad, podría impactar negativamente en la base recaudatoria y comprometer la sostenibilidad financiera del Estado.
Consejo Nacional de Transparencia
Finalmente, la comisión dictaminó por el rechazo del proyecto de ley “Que crea el consejo nacional de transparencia y precios de referencia de productos esenciales (CNTPRPE), establece mecanismos de participación multisectorial y conforma el programa nacional de precios cuidados”.
La iniciativa plantea la creación de un consejo encargado de publicar precios de referencia para productos esenciales, con el objetivo de fomentar la transparencia del mercado y garantizar el acceso equitativo a bienes básicos.
Además, propone implementar un programa nacional de “precios cuidados”, basado en acuerdos voluntarios con productores y comerciantes para mantener precios accesibles y evitar situaciones de abuso o desabastecimiento en casos de emergencia nacional.
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