Sancionan modificaciones en ley oncológica para incluir cáncer de pene en programa nacional

Publicado el: 2026-04-28

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). Diputados aceptó las modificaciones introducidas por el Senado y sancionó el proyecto de ley “Que amplía y modifica el acápite y los artículos 1º, 2º, 4º, 6º, 9º, 11, 12 y 13 de la Ley 6280/2019 - Que crea el programa nacional de prevención, detección precoz y tratamiento del cáncer de próstata y colón”.

La iniciativa fue presentada por los diputados Carlos López (PLRA-Cordillera), y Miguel Del Puerto (ANR-Caaguazú), con el objetivo de incorporar el cáncer de pene al Programa Nacional de Prevención, Detección Precoz y Tratamiento, actualmente enfocado en los cánceres de próstata y colon.

Plantea una actualización integral de la normativa vigente, considerada en su momento un avance en el acceso a la salud pública, pero que, según sus impulsores, requiere una mirada más inclusiva frente a otras patologías que, aunque menos frecuentes, generan un impacto significativo en la población masculina.

El proyecto modifica artículos clave, ampliando el alcance para incorporar de manera explícita el cáncer de pene. 

Redefine el objetivo principal de la normativa: reducir la morbimortalidad no solo del cáncer de próstata y colon, sino también de esta enfermedad, mediante la detección temprana, el tratamiento oportuno y el abordaje de lesiones pre-malignas.

Uno de los puntos centrales es la creación formal de un programa ampliado que incluya la prevención, asistencia integral e investigación del cáncer de próstata, pene y colon. 

Asimismo, establece la obligatoriedad para todas las instituciones públicas de salud, incluyendo dependencias del Ministerio de Salud Pública, el Instituto de Previsión Social, hospitales universitarios y servicios sanitarios de fuerzas públicas, de garantizar estudios de detección precoz de forma progresiva y gratuita.

Introduce cambios en el ámbito educativo, pues el Ministerio de Educación debe incorporar en la malla curricular contenidos relacionados con la prevención, detección y tratamiento de estos tipos de cáncer, para fortalecer la conciencia sanitaria desde edades tempranas.

En materia de vigilancia epidemiológica, el proyecto dispone la creación y unificación de registros de pacientes diagnosticados, que deberán ser reportados al Ministerio de Salud para su seguimiento y análisis estadístico. Además, se prevé la firma de convenios con organismos científicos, tanto nacionales como internacionales, para fomentar la investigación y mejorar las estrategias de tratamiento.

Noviembre: “Mes nacional de Lucha contra el Cáncer de Próstata, Pene y Colon”

Un aspecto relevante es la declaración de noviembre como “Mes nacional de lucha contra el Cáncer de Próstata, Pene y Colon”, ampliando el alcance de campañas de concienciación ya existentes. 

Se suma el reconocimiento de una licencia remunerada de dos días al año para trabajadores del sector público y privado, destinada a la realización de estudios preventivos.

Los legisladores Del Puerto y López destacaron que el cáncer de pene, aunque considerado raro, presenta en Paraguay una incidencia elevada en comparación con otros países de la región, con estimaciones de entre 2,5 y 4,4 casos por cada 100.000 habitantes. 

Factores como la infección por el virus del papiloma humano (VPH), la falta de higiene genital, el tabaquismo y el acceso limitado a servicios de salud inciden en su desarrollo.

También remarcaron que la inclusión permitirá fortalecer campañas de prevención, incluyendo la vacunación contra el VPH en varones, mejorar el diagnóstico temprano y reducir tanto la mortalidad como el impacto social y económico de la enfermedad.

Señalaron que la aprobación representará un paso adelante hacia una política sanitaria más integral, orientada a garantizar el derecho a la salud con criterios de equidad y cobertura ampliada para la población masculina.

Pasa al Poder Ejecutivo.

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