Buscan regular uso de artefactos pirotécnicos para proteger la salud, los animales y el medio ambiente

Publicado el: 2026-03-20

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). El diputado José Rodríguez (ANR-Capital), presentó un proyecto de ley denominada "Ley Canela", que establece un régimen integral para la fabricación, comercialización y uso de artefactos pirotécnicos en todo el territorio nacional.

El argumento principal es que la ausencia de una regulación adecuada genera cada año centenares de víctimas, en su mayoría menores de edad, además de impactos negativos sobre animales y el medio ambiente.

Según los datos citados en la exposición de motivos del proyecto, durante las celebraciones de fin de año se atienden en promedio cerca de 60 pacientes con lesiones vinculadas a la pirotecnia, de los cuales aproximadamente el 87% son menores de edad. 

Agrega que el costo de atención médica por cada paciente, considerando cirugías, hospitalización y rehabilitación, puede oscilar entre 400 y 500 millones de guaraníes.

Ley Canela

La iniciativa lleva el nombre de "Ley Canela" en referencia a un caso que generó amplia conmoción social y que visibilizó los daños que puede provocar el uso irresponsable de la pirotecnia sobre los animales. El hecho se convirtió en símbolo de la necesidad de avanzar hacia una regulación más estricta, según la propuesta. 

El documento no plantea una prohibición total de los artefactos pirotécnicos, sino un esquema de regulación que distingue entre pirotecnia visual y pirotecnia sonora, siendo esta última la que concentra las restricciones más severas.

El texto prohíbe, expresamente, la venta callejera, ambulante o informal de estos productos en todo el país, y establece que solo podrán comercializarse en establecimientos habilitados y autorizados por las autoridades competentes. 

Asimismo, queda terminantemente prohibida la venta, entrega o facilitación de artefactos pirotécnicos a menores de 18 años.

En cuanto a la pirotecnia sonora —aquella cuyo efecto principal es la detonación de alto impacto acústico—, su uso quedaría restringido exclusivamente a espectáculos autorizados por las autoridades competentes y ejecutados por operadores habilitados. 

Estos eventos, refiere el proyecto, no podrán realizarse a menos de 500 metros de hospitales, centros de salud, escuelas, hogares de niños, residencias de adultos mayores ni refugios de animales.

Grupos vulnerables y bienestar animal

El proyecto hace especial hincapié en el impacto que las detonaciones tienen sobre personas con trastorno del espectro autista, adultos mayores, personas con hipersensibilidad auditiva y quienes padecen afecciones neurológicas o cardíacas, señalando que las explosiones pueden provocar crisis sensoriales, episodios de ansiedad y agravamiento de condiciones médicas preexistentes.

En materia de bienestar animal, la iniciativa destaca que las detonaciones generan episodios de terror y desorientación en animales domésticos y silvestres, pudiendo provocar accidentes, autolesiones, extravíos e incluso paros cardíacos. 

Marco legal y sanciones

Se establece que la aplicación de la ley estará a cargo del Ministerio del Interior, en coordinación con la Dirección de Material Bélico, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Industria y Comercio, y las autoridades municipales y departamentales.

Las infracciones conllevan sanciones administrativas que van desde multas de entre 50 y 500 jornales mínimos, hasta el decomiso de productos y la clausura de establecimientos. 

Cuando el uso de pirotecnia causara lesiones o la muerte de personas o animales, serían aplicables además las disposiciones del Código Penal y de la legislación de bienestar animal.

El proyecto deroga la Ley Nº 6754/2021, “Que prohíbe la venta de pirotecnia a menores”, incorporando y ampliando sus disposiciones dentro del nuevo régimen jurídico. 

Reconversión del sector

A fin de mitigar el impacto económico sobre comerciantes, importadores y trabajadores del rubro, el texto prevé programas de reconversión que incluirían capacitación laboral, asistencia técnica, acceso a líneas de crédito y promoción de alternativas tecnológicas como espectáculos de iluminación u otras formas de celebración que no generen riesgos para la salud, los animales ni el medio ambiente.

...

No hay Diapositivas introducidas.

Compartir este artículo: