Concretan media sanción del proyecto que prohíbe uso de celulares en instituciones educativas

Publicado el: 2026-03-17

(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). En su sesión ordinaria de esta semana, la Cámara de Diputados concretó la media sanción del proyecto de ley “Que prohíbe totalmente el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos personales en instituciones educativas públicas, privadas y privadas subvencionadas del Paraguay”.

Esta normativa ya contaba con aprobación en general y en la jornada de este martes se procedió al estudio en particular.

El proyectista, diputado José Rodríguez (ANR-Capital), presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, así como los legisladores Rocío Abed (ANR-Alto Paraná), presidente de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos entre el Hombre y la Mujer, y Carlos María López (PLRA-Cordillera), en representación de la Comisión de Educación, Cultura y Culto, pidieron respaldo para este documento.

Se informó que el mismo fue consensuado en cuanto a las modificaciones propuestas en el seno de la Comisión de Asuntos Constitucionales.

Cabe recordar que se establecen nuevas disposiciones orientadas a fortalecer los mecanismos de control y acompañamiento dentro de las instituciones educativas del país, mediante la implementación de medidas disciplinarias y la participación activa de los padres o tutores.

Contempla, entre sus principales puntos, la obligación de las instituciones educativas de realizar la notificación escrita a los padres o tutores ante situaciones que requieran intervención disciplinaria, buscando garantizar la comunicación directa entre la comunidad educativa y las familias.

Asimismo, el proyecto dispone la aplicación de medidas disciplinarias adicionales en casos de reincidencia, con el objetivo de reforzar la prevención y corrección de conductas que afecten la convivencia escolar.

El texto aprobado establece que aquellas instituciones que no implementen las disposiciones previstas estarán sujetas a sanciones administrativas por parte del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), organismo encargado de supervisar el cumplimiento.

En cuanto a su aplicación, el Artículo 9° señala que se deberá reglamentar la ley en un plazo máximo de 90 días desde su promulgación, definiendo los procedimientos y mecanismos necesarios para la implementación efectiva.

Es intención de los diputados fortalecer el marco normativo del sistema educativo, promoviendo mayor corresponsabilidad entre escuelas y familias en la formación y disciplina de los estudiantes.

Significaron que el debate en comisiones arrojó una versión mejorada que apunta a la regulación, sin obviar los fines pedagógicos, de salud o de emergencia. 

Se pretende mejorar la convivencia y reducir distracciones, prohibiendo el uso libre durante la jornada escolar.

Pasa a la Cámara de Senadores.

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