Piden relevamiento de datos sobre situación de las personas adultas mayores

Publicado el: 2025-07-03

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). A iniciativa de la diputada Johana Vega (ANR-Central), el pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en su última sesión ordinaria, dos proyectos de resolución que buscan recabar información detallada sobre la situación de la población adulta mayor en el país.

El primero de ellos, es el “Que pide informe al Poder Ejecutivo – Instituto Nacional de Estadística (INE), sobre datos y estadísticas relacionadas a la población adulta mayor”.

En el documento se plantea una serie de consultas dirigidas al INE, con el objetivo de conocer si la institución cuenta con estadísticas actualizadas y desagregadas por sexo, edad y zona (urbana/rural), tanto a nivel nacional, departamental como municipal.

Asimismo, se requiere precisar si la institución dispone de una línea de base estadística sobre personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad (pobreza, discapacidad, dependencia funcional, entre otros factores); y si cuenta con indicadores sistematizados que permitan evaluar aspectos como la calidad de vida, salud, vivienda, ingresos, educación y acceso a servicios.

También pide conocer si la población adulta mayor está incluida como grupo de análisis específico en encuestas y censos nacionales; y si se prevé incorporar módulos específicos sobre envejecimiento y dependencia en futuros instrumentos estadísticos.

La iniciativa solicita además información sobre posibles mecanismos de articulación institucional entre el INE y otros organismos del Estado para el tratamiento de datos sobre este sector.

Se consulta igualmente si el INE desarrolló o desarrolla capacitaciones en estadística social y envejecimiento poblacional, detallando temáticas, fechas y público destinatario.

Finalmente, se indaga si la institución difunde datos sobre personas adultas mayores, y en qué plataformas están disponibles esos materiales para el acceso público.

Municipalidades del país

El segundo documento aprobado, con alcance nacional, se titula “Que pide informe a las municipalidades de todo el país, sobre políticas, servicios y programas implementados en favor de las personas adultas mayores”.

El requerimiento invita a las autoridades municipales precisar si cuentan con presupuesto específico destinado a acciones dirigidas a personas adultas mayores, adjuntando para el efecto documentación respaldatoria como planillas presupuestarias, resoluciones e informes de ejecución.

Se pide además confirmar la existencia de dependencias, direcciones u oficinas municipales orientadas a la atención, promoción o protección de los derechos de las personas mayores, remitiendo en ese caso la resolución de creación y los informes correspondientes.

Asimismo, se requiere información sobre la existencia de registros locales de personas mayores en situación de vulnerabilidad, el número estimado de personas incluidas y el mecanismo de registro utilizado.

Otro aspecto abordado es si los municipios mantienen convenios o articulaciones con instituciones públicas o privadas para la atención de esta población, así como los servicios o programas actualmente ofrecidos, tales como asistencia alimentaria, servicios médicos, actividades educativas o recreativas, especificando la cantidad estimada de beneficiarios.

Igualmente, se solicita precisar si los municipios gestionan o colaboran con hogares, residencias o centros diurnos para personas adultas mayores, incluyendo ubicación, número de personas atendidas y condiciones de funcionamiento.

El proyecto también consulta si existe un plan, política o programa municipal específico orientado al bienestar de esta franja etaria; y si se desarrolló capacitaciones para funcionarios en temáticas relacionadas con el trato adecuado, protección y derechos de las personas adultas mayores.

Por último, se pide identificar las principales dificultades o necesidades detectadas por los municipios para mejorar la atención integral a esta población.

El plazo establecido para la remisión de los informes requeridos es de 15 días, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 192 de la Constitución Nacional, la Ley Nº 2648/05 y la Ley Nº 5453/15.

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