Requieren al MEC datos sobre ejecución del programa de atención educativa a personas con TEA

Publicado el: 2025-07-17

(Redacción: Prensa - Dirección de Comunicación). Durante la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, en el estadio de Sobre Tablas, fue aprobado el proyecto de resolución "Que pide informes al Ministerio de Educación y Ciencias sobre el área de educación en la ejecución del Programa Nacional de Atención Integral a los Trastornos del Espectro Autista".

Para los proponentes el objetivo central del pedido es conocer el grado de avance en la implementación de los derechos y políticas públicas orientadas a garantizar el acceso equitativo y adecuado a la educación de los estudiantes con Trastornos del Espectro Autista.

Esto conforme a lo dispuesto por la Ley N° 6103/2018, que establece un abordaje integral e interdisciplinario para su atención y protección social en el marco del sistema educativo nacional.

La iniciativa fue impulsada por los diputados Johanna Ortega (PPS-Capital); Dalia Estigarribia (PLRA-Central); y Raúl Benítez (Independiente-Central), quienes destacan que el Ministerio de Educación y Ciencias es el órgano rector en materia de políticas educativas en todos los niveles y modalidades, por lo que resulta indispensable contar con información precisa y actualizada respecto a las acciones implementadas bajo dicha normativa.

En ese contexto se solicita al Ministerio de Educación y Ciencias la remisión de un informe general sobre los programas de atención educativa dirigidos a personas con Trastornos del Espectro Autista desde la entrada en vigencia de la Ley N° 6103/2018 hasta la fecha.

 En dicho informe debe incluirse las acciones ejecutadas por departamento y distrito; los convenios suscritos con instituciones públicas o privadas; los gastos realizados conforme a la Ley de Administración Financiera del Estado; y el detalle de los recursos asignados, específicamente, a docentes especializados en esta área.

El informe deberá ser remitido en un plazo de quince días hábiles en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 5453/2015 que reglamenta el artículo 192 de la Constitución Nacional sobre el pedido de informes y su modificatoria Ley N° 7199/2024.

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