Orden del día de la sesión ordinaria próxima de Diputados prevé el estudio de 20 puntos
Publicado el: 2026-03-06
(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Cámara de Diputados celebrará una sesión ordinaria el próximo 10 de marzo, a partir de las 09:00 horas. A continuación, una síntesis de los principales puntos que integran el orden del día.
Proyecto de ley “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo al estatuto de las fuerzas”
El presente proyecto trata de un documento suscrito el 15 de diciembre de 2025 en Washington entre Paraguay y los Estados Unidos de Norteamérica.
Se trata de un acuerdo sobre el Estatuto de las Fuerzas (SOFA, por sus siglas en inglés), que establece las condiciones bajo las cuales el personal militar y civil estadounidense podrá operar temporalmente en territorio paraguayo.
El tratado otorga al personal de los Estados Unidos inmunidades diplomáticas equivalentes a las del personal administrativo y técnico de misiones diplomáticas, según la Convención de Viena de 1961.
Además, establece que Washington podrá ejercer jurisdicción penal exclusiva sobre sus efectivos en suelo paraguayo, una de las disposiciones más destacadas del documento.
El acuerdo también exime al personal, contratistas y equipos estadounidenses del pago de impuestos, aranceles aduaneros, peajes y cargos portuarios.
Dispone que las aeronaves, buques y vehículos del Departamento de Defensa podrán moverse libremente por el territorio nacional con simple notificación previa, y quedan exonerados de inspecciones.
Asimismo, el Pentágono podrá contratar bienes y servicios en Paraguay bajo legislación estadounidense, operar sus propios sistemas de telecomunicaciones y utilizar frecuencias de radio sin costo. El acuerdo puede ser rescindido por cualquiera de las partes con un año de anticipación.
El proyecto se encuentra en su segundo trámite constitucional y ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
Proyecto de ley “Que dispone la identificación, inscripción y asistencia, en la educación básica y superior, de los estudiantes con altas capacidades”.
Este proyecto busca identificar, asistir y promocionar a los alumnos con altas capacidades intelectuales en toda la educación básica y superior (pública, privada y subvencionada).
Su meta es mejorar su valoración en el sistema educativo y contribuir al desarrollo del país aprovechando su potencial.
El concepto de altas capacidades ha evolucionado: hoy se entiende como un potencial a desarrollar, no solo alto CI o rendimiento académico.
Se considera sobredotado a quien destaca en razonamiento lógico, matemático, espacial, memoria y perceptual, generalmente desde los 12-13 años.
Aunque la OMS menciona CI ≥ 130, los especialistas prefieren una evaluación multidimensional (creatividad, estilo de aprendizaje, desarrollo evolutivo, etc.).
Los enfoques actuales destacan que estos niños aprenden mucho más rápido y de forma radicalmente distinta a sus pares.
El proyecto se basa en la Constitución paraguaya, que obliga al Estado a promover la calidad educativa para impulsar la economía y el desarrollo nacional.
Pretende sentar bases para un futuro Instituto de Altas Capacidades con especialistas en distintas áreas.
Reconoce que estos alumnos necesitan atención especial y acompañamiento estatal, algo que la realidad actual no garantiza.
Se encuentra en su tercer trámite constitucional, tras recibir rechazo de la Cámara de Senadores.
Proyecto de ley “Del ejercicio profesional de la Radiología"
El proyecto de ley busca regular el ejercicio profesional de la Radiología e Imagenología en Paraguay, una especialidad que ha crecido notablemente en los últimos años, tanto en el sector público como en el privado. Su principal objetivo es proteger la salud de la población y garantizar que los servicios de diagnóstico y tratamiento por imágenes contribuyan a una rehabilitación integral de los pacientes.
La iniciativa reconoce que los licenciados en esta área requieren una formación altamente calificada para responder a los constantes avances tecnológicos y científicos en el uso de radiaciones e imágenes diagnósticas. De esta manera, se pretende optimizar la calidad de la atención sanitaria y mejorar el cuidado integral de las personas y sus entornos.
El texto propone organizar los servicios prestados por estos profesionales, delimitando claramente sus competencias, estableciendo derechos laborales básicos —como límites razonables de jornada, condiciones seguras de trabajo y una jubilación digna—, así como obligaciones éticas y técnicas hacia los pacientes y el equipo de salud interdisciplinario.
Además, fija prohibiciones e inhabilidades propias de la profesión sanitaria, reconociendo la corresponsabilidad que estos especialistas comparten con el resto del personal de salud. La norma también aborda el régimen laboral y las medidas de protección necesarias.
En la actualidad, cerca de cinco mil profesionales de esta especialidad se desempeñan en todo el territorio nacional, desde pequeños puestos de salud rurales hasta grandes hospitales públicos, clínicas privadas e instituciones de seguridad social.
Se encuentra en su segundo trámite constitucional, con media sanción de la Cámara de Senadores.
Proyecto de ley “Que crea dos registros notariales para el distrito de Minga Porã en el Departamento de Alto Paraná”
El presente proyecto de ley busca crear dos registros notariales (escribanías) en el distrito de Minga Porã, Departamento de Alto Paraná.
Según la exposición de motivos, responde a las demandas de trabajadores, sector productivo y población local.
Alerta que desde hace 5 años no existe ninguna escribanía en la ciudad y que el crecimiento demográfico y el aumento de actividades económicas, comerciales, agrícolas y ganaderas exigen agilizar trámites notariales, atendiendo que los habitantes deben desplazarse a otras localidades alejadas para cumplir dichos trámites.
La creación de registros notariales se realiza por ley, atendiendo las necesidades del país, según la Ley 903/96 (Código de Organización Judicial, modificado).
El sistema notarial paraguayo funciona por numerus clausus (número cerrado), por lo que los nuevos registros solo se otorgan mediante concursos de oposición regulados por la Ley 903/96 y la Ley 6578/2020 (que creó 156 nuevos registros y reglamentó concursos).
En el último concurso (2021), se había incluido un registro para Minga Porã (según acta del Poder Judicial), pero no figuraba originalmente en la Ley 6578/2020 y la vacancia no fue cubierta. Actualmente persiste la falta de notarios en la zona.
En resumen, el proyecto propone habilitar dos nuevos registros por ley para cubrir la vacancia existente y atender el crecimiento de Minga Porã permitiendo luego un concurso para asignarlos a notarios interesados.
Proyecto de ley “Que modifica los límites de los distritos de San Alberto e Itakyry, Departamento de Alto Paraná”
El presente proyecto de ley tiene la finalidad de hacer coincidir los linderos de ambos distritos con los limites naturales existentes, “corroborables según la cartografía base del Servicio Nacional de Catastro”.
En la exposición de motivos se explica que los intendentes de ambos municipios están conscientes de la necesidad de incorporar la localidad de Ytaipyte, lado este, al distrito de San Alberto, teniendo en cuenta que, históricamente, la misma es considerada parte del distrito de San Alberto.
Se explica, igualmente, que en dicha localidad se encuentran asentadas instituciones educativas, como la Escuela Básica Nº 1.516 “Virgen de Fátima”, y el Colegio Nacional Itaipyte, en las cuales la intendencia municipal de San Alberto ha realizado importantes inversiones a fin de mejorar las condiciones en las que se encuentran dichas instituciones.
La propuesta, de ser aprobada, dejará al municipio de San Alberto con una superficie total de 105.863 has 2062 m2 (ciento cinco mil ochocientos sesenta y tres hectáreas con dos mil sesenta y dos metros cuadrados).
Proyecto de ley “Que confiere el ascenso póstumo al grado inmediatamente superior al extinto teniente coronel Guillermo Moral".
El proyecto de ley propone conceder el ascenso póstumo al grado de coronel al teniente coronel, Guillermo Alicia Moral Centurión, en reconocimiento a su destacada trayectoria en las Fuerzas Armadas del Paraguay.
La exposición de motivos señala que durante su carrera, se distinguió por su compromiso con la disciplina, la ética, la legalidad y la transparencia institucional, convirtiéndose en un ejemplo para sus camaradas y subalternos.
El oficial falleció el 2 de octubre de 2025 mientras cumplía funciones vinculadas a su carrera militar, dejando una pérdida irreparable para la institución y para la sociedad paraguaya.
El ascenso póstumo es presentado como un acto de justicia y gratitud del Estado hacia quien honró el uniforme durante toda su vida. Asimismo, busca brindar un reconocimiento moral a su familia y preservar la memoria de un servidor leal a la Nación.
Proyecto de ley “Que declara la fecha 04 de octubre de cada año como el Día nacional del rescatista de animales”.
La exposición de motivos indica que cada 4 de octubre, el mundo conmemora el Día Mundial de los Animales, fecha que coincide con la festividad de San Francisco de Asís, declarado patrono de los animales por el Papa Juan Pablo II en 1980.
Sin embargo, advierte que detrás de esta efeméride existe una realidad que pocas veces recibe la atención que merece: la labor incansable de los rescatistas de animales.
“Movidos únicamente por el amor y la solidaridad, estos voluntarios enfrentan a diario la dura tarea de proteger a animales maltratados y abandonados, en su mayoría sin respaldo de instituciones públicas ni privadas. Hogares y refugios existen, pero son insuficientes frente a la magnitud del problema, y su funcionamiento depende casi exclusivamente del esfuerzo mancomunado de quienes los sostienen con sus propios recursos”, expresa parte del documento que fundamenta la presentación del proyecto.
Agrega que la Ley N° 4840/12 “De protección y bienestar animal” contempla políticas de rescate, albergue y esterilización, pero su aplicación efectiva sería imposible sin el compromiso de estos ciudadanos anónimos que autogestionan alimento, refugio y atención veterinaria para los más desprotegidos.
Ante esta realidad, surge una propuesta concreta: instaurar el "Día Nacional del Rescatista Animal", un reconocimiento oficial que visibilice y honre a quienes, día tras día, eligen defender a los que no tienen voz.
Se encuentra en su tercer trámite constitucional, tras sufrir modificaciones en la Cámara de Senadores luego de haberse aprobado en la Cámara de Diputados.
Proyecto de ley “Que establece la obligación de devolver los pagarés al deudor en el acto de pago total de la deuda y establece un régimen sancionador”.
Se trata de una iniciativa que obliga a los acreedores a devolver los pagarés en el momento del pago total de una deuda, bajo pena de multas administrativas de hasta el 20% del monto adeudado.
El documento propone cerrar un vacío legal que hoy deja expuestos a miles de deudores incluso después de haber cumplido íntegramente con sus obligaciones financieras.
Establece que todo acreedor de una deuda instrumentada en pagarés estará obligado a devolver dichos títulos de crédito en el mismo momento en que se produzca el pago total de la deuda.
La exposición de motivos del texto señala que la vulnerabilidad actual radica en que, una vez saldada la deuda, el pagaré —documento que constituye la prueba más fehaciente de su existencia— puede quedar en poder del acreedor o incluso de terceros. Esa situación abre la puerta a acciones judiciales indebidas o a la negociación del título de crédito ya cancelado, con el consiguiente perjuicio para el ciudadano.
El proyecto contempla además una solución para los casos en que el acreedor alegue pérdida o extravío del documento: en esas circunstancias, deberá entregar al deudor un recibo de pago junto a una declaración jurada ante escribano público que acredite la extinción de la obligación.
En materia sancionatoria, la norma es contundente. El acreedor que sin causa justificada se niegue a entregar el pagaré será considerado en mora y quedará sujeto a una multa administrativa equivalente al 20% del monto de la deuda pagada, que será aplicada por la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) previa denuncia del afectado.
Paralelamente, el deudor perjudicado podrá acudir a la vía judicial para exigir la devolución del título, y el juez interviniente podrá ordenar además el pago de daños y perjuicios.
El proyecto declara la ley de orden público, lo que implica que ninguna cláusula contractual entre las partes podrá dejar sin efecto su cumplimiento.
Se encuentra en su segundo trámite constitucional y ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
Proyecto de ley que establece el diseño del Ñanduti como símbolo de conductor adulto mayor”
El presente proyecto de ley propone el uso voluntario del símbolo del ñandutí en colores verde y naranja como distintivo para identificar a conductores de 65 años o más en Paraguay. Su fundamento combina la seguridad vial con la revalorización cultural.
Se sustenta en la Ley N° 5016/2014 de Tránsito, que ya exige exámenes anuales de aptitud psicofísica a partir de esa edad. La iniciativa se inspira en experiencias internacionales como el distintivo japonés para conductores mayores.
El ñandutí fue elegido por ser Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, reconocido por varias leyes nacionales.
Los colores tienen significado simbólico: el verde representa vida y actividad, mientras el naranja evoca precaución y calidez.
El símbolo debe colocarse en la parte delantera y trasera del vehículo, en la carrocería, entre 40 y 120 cm del suelo, con un diámetro máximo de 15 cm.
Su diseño oficial, se establece, será definido y registrado por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.
Los demás conductores quedan obligados a extremar precaución y cortesía ante vehículos con este distintivo.
La ley tiene carácter complementario a la normativa vigente de tránsito. Busca además promover el reconocimiento social hacia los adultos mayores como parte activa de la sociedad.
El emblema pretende transmitir valores de sabiduría, tradición y unidad comunitaria. En conjunto, la iniciativa apunta a construir una cultura vial más inclusiva, respetuosa e intergeneracional.
Se encuentra en su tercer trámite constitucional. El proyecto sufrió modificaciones en la Cámara de Senadores.
Proyecto de ley “Que regula procedimientos para enjuiciamiento y remoción de magistrados”
El acápite oficial del proyecto es “Que modifica el artículo 3º de la Ley N° 6814/2021, Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebra y deroga la Ley N° 3759/2009, Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados y deroga las leyes antecedentes, y sus modificatorias”.
El proyecto busca modificar los requisitos para integrar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, específicamente, para los representantes designados por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.
Propone establecer condiciones mínimas de idoneidad jurídica, equiparándolas a las exigidas para el Consejo de la Magistratura.
Los nuevos requisitos incluyen ser paraguayo, tener al menos 35 años, poseer título de abogado debidamente acreditado y contar con un mínimo de diez años de ejercicio profesional, en la magistratura, el Ministerio Público o la docencia universitaria jurídica.
Además, exige documentación obligatoria para acreditar cada una de estas condiciones: matrícula profesional, constancias expedidas por la Corte Suprema de Justicia o certificados universitarios según corresponda.
Según la propuesta de modificación, los miembros continuarán durando un año en sus funciones, con posibilidad de reelección por un período adicional, y cesarán automáticamente si dejan de pertenecer al órgano que los designó. Los impulsores del proyecto sostienen que la medida no contradice la Constitución, que en su artículo 253 delega en la ley la regulación del funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Proyecto de ley “Que crea la Universidad Autónoma Academo”
Se trata de una institución de gestión privada cuyo funcionamiento se regirá por el artículo 79 de la Constitución Nacional, la Ley N° 4995/2013 de Educación Superior, la Ley N° 2072/2003 de Creación de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, y demás normas aplicables a su naturaleza universitaria.
La propuesta de creación fue presentada con el objetivo de establecer una casa de estudios superiores que cuente con la Facultad de Ingeniería, ofreciendo la licenciatura en Análisis Informático, y la Facultad de Humanidades, con la licenciatura en Educación Escolar Básica del Primer y Segundo Ciclo, además de un Posgrado con especialización en Docencia de la Educación Superior.
Según la exposición de motivos, la institución se concibe como una universidad de vanguardia orientada a la innovación y la generación de nuevos conocimientos, con ejes estratégicos enfocados en la producción del saber y sus aplicaciones prácticas, la formación de profesionales altamente calificados, tanto en el ámbito productivo como en el de servicios, y la preparación de cuadros dirigenciales para la conducción económica, social y política del país.
Asimismo, se propone la producción de pensamiento crítico orientado al mejoramiento de la sociedad, y la profundización del conocimiento en historia, lenguas, expresiones artísticas y culturales, comunicación y relaciones sociales.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Proyectos de ley que solicitan acuerdos constitucionales para intervención de municipios
La Cámara de Diputados tiene previsto analizar, en ocasión de su sesión ordinaria, la solicitud del “Acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Lima, Departamento de San Pedro”, dictaminado por la comisión especial, creada por Resolución HCD Nº 802/2023, que aconseja en mayoría el rechazo y, en minoría, la aprobación.
Igualmente, prevé el estudio de un total de 6 pedidos para la conformación de comisiones especiales para disponer la intervención de municipios a saber:
1) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Emboscada, Departamento de Cordillera”.
2) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Tomás Romero Pereira, Departamento de Itapúa”.
3) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Yby Yaú, Departamento de Concepción”.
4) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Ñemby, Departamento Central”.
5) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Ybyrarobaná, Departamento de Canindeyú”.
6) Conformación de comisión especial para estudiar la solicitud del acuerdo constitucional para disponer la intervención de la Municipalidad de Juan León Mallorquín, Departamento de Alto Paraná”.
Proyecto de ley “De compensación a los municipios del Departamento Canindeyú en reparación por la desaparición de los Saltos del Guairá”.
Se trata de un proyecto de ley que propone modificar la fuente de financiamiento de la compensación económica establecida por la Ley N° 5404/2020, destinada a los municipios del Departamento de Canindeyú como reparación por la desaparición de los Saltos del Guairá, uno de los patrimonios naturales más emblemáticos que Paraguay perdió con la construcción de la represa Itaipú.
La iniciativa plantea que el Estado paraguayo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, transfiera anualmente el equivalente al 6% al municipio de Salto del Guairá, y el 2% distribuido en partes iguales entre los demás distritos del departamento.
Los porcentajes mencionados es con respecto al 50% que recibe la Administración Central en concepto "royalties" y "compensaciones en razón del territorio inundado" de las represas hidroeléctricas de Itaipú y Yacyretá, respectivamente.
El proyecto prevé, igualmente, un cambio en la fuente de financiamiento teniendo en cuenta que estos fondos ya no provendrían de FONACIDE, sino de los recursos de royalties regulados por la Ley N° 3984, específicamente de los montos correspondientes a la Administración Central.
En materia de transparencia y control, el proyecto establece que la Contraloría General de la República y demás órganos competentes deberán fiscalizar estrictamente el uso de los recursos. Los municipios beneficiados estarán obligados a presentar informes trimestrales detallados ante la CGR, con documentación respaldatoria de acceso público.
El resarcimiento económico tendría una vigencia de 20 años a partir de la promulgación de la ley, con el objetivo de compensar el daño histórico y cultural que significó para estas comunidades la inundación que sepultó bajo las aguas del embalse a los legendarios Saltos del Guairá.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Otros proyectos
Igualmente figuran en el orden del día, a ser desarrollado por la Cámara de Diputados, nueve proyectos de ley que prevén la desafectación de predios municipales en diferentes puntos del país, al igual que el estudio de dos proyectos que conceden pensiones graciables.
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