Iniciativa prevé que el Mecanismo de Prevención de la Tortura también transmita sus sesiones en vivo
Publicado el: 29/04/2021 14:47
(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). El diputado Derlis Maidana (ANR-Misiones), presentó un proyecto de ley “Que modifica los artículos 1º y 6º de la Ley Nº 6299/19, Que establece la publicidad de las sesiones de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de la Magistratura, del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y del Consejo de Ministros”.
La intención es agregar al listado de instituciones que tienen la obligación de publicitar sus sesiones, al Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
“Siendo el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura un ente público, financiado con recursos del tesoro nacional, cuya importante misión es velar por la promoción y el respeto de los Derechos Humanos, en los ámbitos de su competencia, se torna necesario facilitar a la ciudadanía los medios apropiados para conocer y valorar la gestión desarrollada por este organismo”, expresa el diputado en el escrito de fundamentación de su proyecto.
El parlamentario está consciente de la necesidad de afianzar la trasparencia en las instituciones públicas y en atención a lo establecido en nuestra legislación nacional, en concordancia con los principios señalados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, por lo que establece en su proyecto lo siguiente:
“El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura deberá trasmitir todas sus sesiones en vivo a través de medios audiovisuales de fácil acceso para la ciudadanía; en dichas sesiones, sus miembros deberán fundamentar oralmente sus decisiones”.
Sin embargo, exceptúa de esta disposición los casos contemplados en los artículos 6° y 8° de la Ley 4288/11, Que crea el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
Los dos artículos referidos de la mencionada ley de creación, refieren sobre la “Relación confidencial y reservada” y del “Derecho a la confidencialidad y reserva de la identidad”.
De esta manera, el Mecanismo Nacional se suma a la obligatoriedad de establecer la publicidad de sus sesiones, a la de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Magistratura, Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, y Consejo de Ministros.
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