Consideran prioritario estudiar el proyecto de ley de roaming automático nacional

Publicado el: 25/05/2023 17:05

Dip. Hugo Ibarra 01-850.jpg(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). Para el diputado Hugo Ibarra (ANR-Caaguazú), es de vital importancia el tratamiento del proyecto de ley que busca implementar un sistema de roaming nacional, que garantice al usuario de telefonía móvil, acceder a una cobertura eficiente en todo el país.

La normativa en cuestión es la “Que amplía y modifica artículos de la Ley N° 642/95, De telecomunicaciones, en su Título VIII - Condiciones de Operación”, con la intención de implementar el sistema de roaming nacional.

“Esta es una iniciativa que nació en la Comisión de Obras. Queremos dar una solución a los ciudadanos en cuanto a comunicación se refiere; creemos que esto puede cambiar la vida de muchos paraguayos”, argumentó el congresista y principal proyectista.

Explicó que la importancia radica en la necesidad de que los compatriotas tengan cobertura telefónica ininterrumpida, a partir de una interconexión de las antenas de las diferentes empresas telefónicas.

El diputado Ibarra añadió que la intención es que todas las compañías que operan la telefonía móvil tengan la misma cobertura en todo el territorio nacional, sin que eso signifique un costo adicional para el usuario.

En esencia, pretende que un usuario de telefonía móvil pueda tener cobertura en todo el país, a partir de una interconexión de las antenas de las diferentes empresas telefónicas.

Hay que recordar que el roaming o itinerancia es un concepto utilizado en telecomunicaciones para referirse a la posibilidad de que un dispositivo inalámbrico pueda utilizar una cobertura de red distinta de la principal. Esto permite conectarse a redes secundarias utilizando su identificador en la red principal.

El proyecto de ley sostiene que esto dará oportunidad a las compañías con capital paraguayo, de competir en igualdad de condiciones con las demás compañías que brindan el mismo servicio.

En el artículo 70 se establece: “Las concesiones, licencias y autorizaciones estarán sujetas al pago de un derecho, por única vez, que deberá verificarse en el plazo de 60 días de su obtención. La explotación comercial de las redes y los servicios estará sujeta al pago de una tasa anual de hasta el 1 % de los ingresos brutos del prestador”.

Dicha norma amplía la ley vigente, agregándose el Capítulo IV - Roaming Automático Nacional - al Título VIII - Condiciones de Operación -; cuyo texto queda redactado de la siguiente forma: 

“Artículo 80° - A: Los concesionarios y licenciatarios de servicios de telecomunicaciones que posean autorización de la CONATEL para el uso de espectro radioeléctrico deberán permitir el Roaming Automático Nacional, para llamadas y transmisión de datos y acceso a Internet, en adelante: Roaming Automático Nacional.

Artículo 80° - B: La Conatel, por medio de un reglamento específico, regulará las normas y plazos a los que se ajustará el conjunto de condiciones técnicas, económicas, operativas, comerciales y otras que deberán contener los respectivos acuerdos de Roaming Automático Nacional. Fijará las condiciones mínimas que garanticen el equilibrio de las partes durante la negociación y ejecución de los acuerdos.

Artículo 80° - C: El consumo de los servicios de telecomunicaciones en Roaming Automático Nacional, en ningún caso, podrá imponer costos adicionales al usuario final por el uso de la red de un concesionario o licenciatario diferente del contratado por éste”.

Mismas tarifas o precios

En los acuerdos de partes, el prestador de servicios de telecomunicaciones de una parte debe aplicar a los usuarios que utilicen los servicios en Roaming Automático Nacional sobre la red de la otra parte, las mismas tarifas o precios que cobren por los servicios móviles a sus propios subscriptores y de acuerdo a la modalidad contratada por cada usuario, según establece un apartado de este documento.

Agrega que esto es sin perjuicio de los mecanismos de compensación que se acuerden entre ambas partes para una adecuada implementación.

El diputado Hugo Ibarra recordó que la normativa ya cuenta con dictamen de aprobación en la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones, de la cual es presidente.

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